Orden ECM/599/2025: Novedades en la Tasación Inmobiliaria y el Papel del Tasador Inmobiliario, Arquitecto Técnico y Aparejador
La reciente Orden ECM/599/2025, de 10 de junio, introduce importantes modificaciones en la normativa que regula la valoración de bienes inmuebles y determinados derechos reales para finalidades financieras, actualizando la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo. Estas normas son fundamentales para garantizar la fiabilidad, transparencia y calidad técnica de las tasaciones inmobiliarias, especialmente aquellas que sirven como garantía hipotecaria.
¿Qué es la tasación inmobiliaria y en qué consiste?
La tasación inmobiliaria es un informe profesional que determina el valor de un inmueble en el mercado, considerando su ubicación, características técnicas, estado de conservación y entorno. Este proceso es esencial para múltiples finalidades financieras, como la concesión de préstamos hipotecarios, la valoración de activos para seguros o la determinación del patrimonio de fondos de inversión y pensiones.
El papel del Tasador Inmobiliario, Arquitecto Técnico y Aparejador
El Tasador Inmobiliario, normalmente vinculado a sociedades de tasación homologadas y supervisadas por el Banco de España, es la figura profesional encargada de emitir informes de valoración. En muchos casos, este rol lo desempeña un Arquitecto Técnico o Aparejador, profesionales con formación específica en valoración inmobiliaria y amplia experiencia en el análisis de edificios y terrenos.
Estos técnicos visitan el inmueble, revisan la documentación registral y catastral, y analizan aspectos jurídicos y urbanísticos que puedan afectar al valor del bien. Su trabajo garantiza la independencia y objetividad de la valoración, ya que están sujetos a un régimen de incompatibilidades que evita conflictos de interés5. Además, la formación continua y la especialización en herramientas tecnológicas, como software específico de tasaciones, les permiten adaptarse a las nuevas exigencias normativas y ofrecer un servicio de máxima calidad.
Novedades de la Orden ECM/599/2025
La nueva Orden refuerza la necesidad de disponer de toda la documentación necesaria para una identificación completa del inmueble antes de realizar la valoración. Entre los documentos imprescindibles se incluyen la certificación registral actualizada y la información catastral, ambas con una antigüedad máxima de tres meses. En el caso de edificios terminados, es obligatorio aportar el certificado de eficiencia energética registrado. Para edificios en construcción o proyecto, se requerirá el certificado de eficiencia energética y la copia de la solicitud de registro.
Estas medidas buscan mejorar la protección de los intereses de los inversores, asegurados y clientes bancarios, asegurando que el valor de tasación refleje fielmente la realidad del mercado y las condiciones técnicas y jurídicas del inmueble.
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En resumen:
La Orden ECM/599/2025 actualiza la normativa de tasación inmobiliaria, reforzando el papel del Tasador Inmobiliario, Arquitecto Técnico y Aparejador como garantes de la calidad y la transparencia en la valoración de inmuebles para garantía hipotecaria y otras finalidades financieras. Confía en profesionales homologados como José Luis Jiménez para obtener una tasación precisa y conforme a la ley.